Estimado/a compañero/a:
Como consecuencia de la cantidad de consultas que se suceden, nos complace unir circular con el intento de aclaración a nuestras anteriores circulares 287 y concordantes remitidas en pasados días sobre, CELEBRACIÓN DE JUNTAS DE PROPIETARIOS como consecuencia del RDL 8/2021.
Con la misma intención acompañamos modelos que puedan servir de guía en el caso de celebraciones de JUNTAS TELEMÁTICAS.