Guía para piscinas seguras y elementos comunes

Adjunto se acompañan dos nuevos Manuales (“Guía para las piscinas seguras” y “Guía sobre los elementos comunes en las comunidades de propietarios”) que se están publicando dentro de la campaña iniciada por el CGCAFE, con la colaboración de Medina&Villalta en redes sociales.

fondoarticulo

CIRCULAR: 314/12-05-2021

Estimado/a compañero/a:

En relación al asunto de PISCINAS COMUNITARIAS, y la variedad de consultas que se suceden, hemos de informar que por mucho que lo deseemos, no disponemos aún de normativa concreta para el USO DE PISCINAS EN COMUNIDADES DE PROPIETARIOS, quedando a la espera de la contestación a la consulta que el Consejo Andaluz de Colegios de AA.FF. elevó a la correspondiente Consejería a petición de nuestro Colegio.
Debemos interpretar que debemos seguir las pautas de la Orden de 7 de mayo de la Consejería de Salud y Familias, publicada en el Boja Extraordinario nº 41 del que ya os informamos y remitimos.

Conscientes de lo farragosa que es la lectura del BOJA por su extensión en sus articulados, en archivo adjunto remitimos los artículos que a este tema se refiere que son:

CAPÍTULO II:

ARTÍCULO 11. MEDIDAS DE HIGIENE Y PREVENCIÓN EN PISCINAS DE USO COLECTIVO.

ARTÍCULO 8. MEDIDAS GENERALES DE HIGIENE Y PREVENCIÓN EXIGIBLES A TODAS LAS ACTIVIDADES.

fondoarticulo

CIRCULAR: 303/ 10-05-2021

Estimado/a compañero/a:

Como consecuencia de la cantidad de consultas que se suceden, nos complace unir circular con el intento de aclaración a nuestras anteriores circulares 287 y concordantes remitidas en pasados días  sobre, CELEBRACIÓN DE JUNTAS DE PROPIETARIOS como consecuencia del RDL 8/2021.

Con la misma intención acompañamos modelos que puedan servir de guía en el caso de celebraciones de JUNTAS TELEMÁTICAS.

fondoarticulo

CIRCULAR: 302/10-05-2021

Se remite INTERESANTE CIRCULAR del Consejo General de Colegios de AA.FF., respecto a MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y TEMPORALES PARA LAS JUNTAS DE PROPIETARIOS HASTA EL 31/12/2021. De igual modo se acompañan dudas que pueden surgir y sus respuestas, así como cartel informativo.

Ante la multitud de consultas que se suceden tanto de los ciudadanos/as como de los compañeros/as la posible celebración de juntas por medios telemáticos es una OPCIÓN nunca una OBLIGACIÓN y siempre para tratar temas inaplazables (art. 10.1.b LPH)  siempre que:

a) TODOS LOS PROPIETARIOS DISPONGAN DE LOS MEDIOS NECESARIOS, LO QUE SERÁ COMPROBADO POR EL ADMINISTRADOR ANTELACIÓN  LA JUNTA

b) EL SECRETARIO CONOZCA LA IDENTIDAD DE LOS PROPIETARIOS ASISTENTES AL A Y ASÍ LO EXPRESE EN EL ACTA.

fondoarticulo

CIRCULAR: 301/ 10-05-2021

Apreciado/a colegiado/a:

Se une BOJA EXTRAORDINARIO número 41 con Decreto 15/2021 y Orden del 7 de mayo de la Consejería de Salud y Familias:

Hemos de prestar especial atención al Capítulo II artículo 11 sobre PISCINAS DE USO COLECTIVO.

Nada se dice en la presente Orden sobre JUNTAS DE PROPIETARIOS. A  petición de nuestro Colegio el Consejo Andaluz de Colegios de AA.FF. ha elevado ambas consultas a la Consejería respecto a aforos en juntas de propietarios y piscinas comunitarias y normativa aplicable en ambos casos, tan pronto como obtengamos respuesta se dará el oportuno traslado.

fondoarticulo

CIRCULAR: 299/06-05-2021

En relación al  RDL 8/2021, se hablado extensamente desde su publicación en el BOE centrados tan solo en lo que a la celebración de juntas en comunidades de propietarios.

El Real Decreto trata otros aspectos en sus articulado que son importantes tener en cuenta por lo que a nuestra profesión respecta, en concreto los artículos 7 y 8de los que nuestra Presidenta hace también reseña en la circular que se acompaña.